Por Coraima Torres

El camino hacia la justicia reproductiva en Ecuador ha estado marcado por avances legales, retrocesos conservadores y la lucha incansable de colectivos feministas. Desde 1938, con las primeras causales de aborto, hasta las reformas más recientes, el debate sobre el acceso a derechos sexuales y reproductivos sigue vigente, enfrentando barreras sociales, institucionales y políticas que obstaculizan la autonomía de mujeres y personas gestantes

La primera vez que escuché la palabra aborto tenía 12 años. Mi abuela le contaba a mi mamá que su prima no podía tener hijos por haberse realizado un aborto. Bajo este relato, Luciana era infeliz. Su pareja había terminado la relación ya que su sueño era la paternidad. Parecía que la soledad se presentaba como el castigo de aquella decisión. 

A los 14 años, en el auditorio del colegio fiscal al que asistía se proyectaba un video titulado Carta de un bebé a su madre. No recuerdo con exactitud las imágenes de aquel “taller”, pero sí el mensaje: abortar es igual que asesinar. Esa fue la educación sexual que recibí más allá de la exposición que preparé sobre cómo ponerse un condón. No tenía la más mínima idea, pero a la psicóloga le parecía lo más acertado. Con mis compañeros reíamos mucho en esa clase. Las preguntas serias llegaron cuando teníamos 17 y nos enamoramos. 

Estaba sentada en una escalera fría del edificio de Comunicación Social de una universidad en Guayaquil cuando le dije a mi novio: “no quiero ser la asesina de mi hijo”. A él no le gustaba usar condón. Tenía 19 años y no sabía que eso era un acto de violencia al igual que su constante señalamiento sobre mi rostro sin maquillaje. Mi cuerpo hablaba. De cierta forma era un grito sensorial que me recordaba que mi vida no podía volverse cenizas en mi adolescencia. Aún así me quedé en esa relación por un año pensando que ningún otro hombre me iba querer por no ser virgen. ¿Cuántas situaciones de violencia física, psicológica y simbólica hemos aguantado por los mandatos sociales? Mandatos que la Educación Sexual Integral puede desmontar fácilmente si fuese un derecho garantizado. 

Tenía 20 cuando los afectos feministas me abrazaron. Liz y Sylvia defendían sus ideas con una fiereza llena de ternura. Tenía 20 cuando el privilegio del primer libro sobre derechos sexuales y reproductivos llegó a mis manos. Tenía 20 cuando entendí que la virginidad es un mandato social, que la maternidad debe ser deseada y que el aborto es un derecho.

Sin embargo, hablar de aborto sigue siendo un tema que genera tensiones por la presencia de grupos antiderechos y líderes que ponen en agenda la obligatoriedad de la maternidad en las mujeres y buscan desterrar el deseo de nuestras cuerpas. Para Natalia Marcos, docente de Feminismos y Arte de la Universidad de las Artes, la maternidad ha estado asociada a la reproducción de la fuerza de trabajo dentro del sistema capitalista patriarcal. En este sentido, hay un interés por controlar el cuerpo de las mujeres a través de la maternidad y los cuidados para someterlos a la esfera de lo doméstico extrayendo plusvalía de la explotación. Los deseos son extirpados como un mecanismo de dominación. Sin embargo, se han encontrado en otras esferas posibilidades de emancipación e independencia en torno al deseo donde se puede ser felices sin tener hijos, afirma Marcos.

El derecho al placer es un derecho sexual y reproductivo que abarca vivir la sexualidad de forma plena, lo que incluye la decisión sobre la cantidad de hijos que se quiera tener, el uso de métodos anticonceptivos, el decidir cuándo tener o no relaciones sexuales. Esto en Ecuador no ha sido fácil por los imaginarios sociales violentos. En este sentido, la justicia reproductiva es un derecho que se compone de la mixtura entre luchas y desafíos que busca que las personas gestantes no sean criminalizadas por decidir sobre sus cuerpos ni sean vistas como objetos. 

Actualmente, se intenta posicionar en la opinión pública que la lucha en pro de los derechos sexuales y reproductivos es una moda, lo cual es falaz. Las mujeres y personas gestantes a lo largo de la historia han luchado contra el castigo a su sexualidad. A continuación, se presenta una cronología de los hitos más importantes que han definido el acceso a los derechos reproductivos en el país.

1938: Primeas causales de aborto

El Código Penal de 1938 en Ecuador estableció las primeras leyes que despenalizaban el aborto de manera bastante limitada. Permitía la interrupción del embarazo únicamente cuando ponía en riesgo la vida o la salud de la mujer, y en casos de violación si la víctima era descrita como «demente» o «idiota». Estos términos eran usados en contextos legales y médicos para referirse a personas con discapacidades intelectuales o problemas de salud mental. 

1967-1998: El derecho a la vida

La Constitución del 67, en su artículo 30 expresa que “el Estado protegerá al hijo desde la concepción y protegerá también a la madre”. Lo cual mantiene la garantía de la protección de la madre a nivel de ponderación de derechos y por tanto el aborto no punible se mantiene en el código penal. Es en la Constitución del 98 donde en el Art. 23 se establece que “el hijo será protegido desde la concepción”, borrando a la madre del articulado. Sin embargo, el aborto no punible no es eliminado. En la Constitución de 1998, se vuelve a incluir a la madre: “la atención prioritaria y preferente a mujeres embarazadas” en su Art.47. Aunque el 49 habla de la defensa a la vida desde la concepción, no se elimina el aborto no punible. Es decir, desde 1938 en Ecuador hay causales de aborto a  las que las mujeres pueden acceder. 

2008: Reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos

En la Constitución de 2008, Ecuador dio un paso importante al reconocer los derechos sexuales y reproductivos, incluyendo el acceso a la salud reproductiva. A pesar de estos avances, el acceso al aborto seguía siendo limitado. 

2013: Propuestas de despenalización y rechazo

En el gobierno de Rafael Correa se propuso incluir en el nuevo Código Penal que despenalizaría el aborto en casos de violación, incesto y malformación grave del feto. Sin embargo, la propuesta fue retirada de la Asamblea por Paola Pabón después de que Correa amenazara con renunciar si esto se incluía en el código penal. ¿Patriarcado dónde? Este momento visibilizó las tensiones y el activismo en torno a los derechos reproductivos, aunque sin resultados en la legislación.

2019: Sentencia de la Corte Constitucional sobre el aborto en casos de violación

En 2019, la Corte Constitucional de Ecuador comenzó a recibir peticiones de colectivos feministas y organizaciones de derechos humanos para despenalizar el aborto en casos de violación. Finalmente, en abril de 2021, la Corte falló a favor de la despenalización del aborto para mujeres y personas gestantes en casos de violación, argumentando que la criminalización en tales casos era inconstitucional y violaba derechos humanos fundamentales.

2022: Regulación y desafíos a la implementación

El 2022 tiene un sabor amargo para la forma en que se legisla sobre los derechos de las mujeres y personas gestantes. El 14 de abril del 2022, cerca del feriado de Semana Santa, había que tratar el veto parcial que Guillermo Lasso le había impuesto a la ley de #AbortoPorViolación. La Asamblea estaba en el límite de tiempo estipulado para el proceso. Sin embargo, luego de que la moción de allanarse a este veto restrictivo perdiera con 73 votos en contra, se oyó a Guadalupe Llori, presidenta de la Asamblea, decir entre gritos en contra: “Se suspende la sesión, ¡buen feriado!”. Llori estaba en una clara alianza con el entonces Presidente del Ecuador, Guillermo Alberto Santiago Lasso, puesto que había otra moción presentada desde el 05 de abril que no fue votada. El no haber aprobado ninguna moción sobre el veto presidencial de la Ley de Aborto por Violación hacía que automáticamente fuera al registro oficial con las objeciones de Presidencia de la República: 

  • Límite de aborto 12 semanas
  • Declaración juramentada de que se fue víctima de una violación
  • Objeción de conciencia

Los requisitos eran revictimizantes y no atacaban el problema, puesto que las niñas y adolescentes agredidas no identificaban a un tiempo temprano un embarazo. 

Estos obstáculos generaron críticas y han obligado a organizaciones como Fundación Desafío, CEPAM y Surkuna a continuar abogando por una implementación efectiva y sin barreras. A finales del 2022, la Corte Constitucional suspendió el Art. 19 de la ley de aborto por violación; por tanto ya no es necesario una denuncia, declaración juramentada, examen médico o autorización de los padres para realizarse un aborto. Esto como respuesta a que gran parte de los agresores son del círculo familiar. 

Otro aspecto clave ha sido la suspención de las limitantes de la objeción de conciencia. Ya no se puede alegar objeción de conciencia en instituciones públicas ni privadas. Ninguna puede negarse a realizar un aborto por violación: la reparación de la victima es primordial. En los territorios y comunidades donde no hay un sistema integral de salud, si sólo existe un médico, no puede negarse a realizar la interrupción voluntaria del embarazo. 

Esta acción de protección fue impulsada por varias organizaciones, entre ellas la Organización Waorani de Pastaza, la Asociación Coordinadora Política de Mujeres Ecuatorianas del Cantón Yantzaza, Amazon Frontlines, la Organización de Mujeres Shameco, Surkuna y la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos de Ecuador.

2025: Se hace historia

El 20 de enero de 2025, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió tres decisiones históricas contra Ecuador y Nicaragua por la violación de los derechos humanos de Norma, Lucía y Susana, niñas latinoamericanas sobrevivientes de violencia sexual forzadas a la maternidad. Estas decisiones fueron impulsadas desde 2019 por el Movimiento Son Niñas, No Madres. Las condenas históricas no sólo reconocen que las niñas no deben ser obligadas a ser madres. También instan a los Estados demandados a implementar medidas de reparación y de no repetición para las víctimas. Además, destacan la necesidad de garantizar el acceso a servicios de salud reproductiva, incluyendo el aborto, y de eliminar las barreras legales y estructurales que perpetúan la violencia y la discriminación. Estas resoluciones, que sientan un precedente internacional, afirman que la maternidad forzada vulnera derechos fundamentales, obstaculiza los proyectos de vida y refuerza estereotipos de género discriminatorios.

Futuro: Avances y el rol de las redes de apoyo

La cronología de la justicia reproductiva en Ecuador muestra un país en constante tensión entre avances legales y restricciones conservadoras. A pesar de los esfuerzos de diversos colectivos y el papel de la Corte Constitucional, el acceso a los derechos reproductivos sigue siendo un desafío para mujeres y personas gestantes en Ecuador, donde las redes de apoyo juegan un rol crucial en garantizar el acceso seguro a servicios e información.

La justicia reproductiva en Ecuador continúa siendo un campo de lucha. Las redes de apoyo como Las Comadres y plataformas digitales como Women First Digital, a través de la web https://comoabortarconpastillas.org y ayudaparaabortar.org, han emergido como recursos importantes para personas que necesitan información sobre el aborto con medicamentos, brindando apoyo y asesoramiento en un contexto en el que el acceso seguro sigue estando limitado.

Para la Dra. Virginia Gómez de la Torre, presidenta de la Fundación Desafío, tanto la causal salud que tiene más de 100 años como la causal violación presentan el problema de falta de información, por ello las niñas siguen pariendo hijos de violadores. Además, considera que existe  un estigma para pedir un aborto por violación. Para ella no hay «zonas grises» en los artículos del Código Penal relacionados con el aborto no punible, ya que su redacción es clara. Según ella, quienes interpretan estos artículos de manera confusa suelen ser profesionales de salud con posturas contrarias al aborto. Destaca que el Ministerio de Salud Pública no ha realizado esfuerzos suficientes para capacitar al personal médico sobre la aplicación.

Las leyes garantizan la salud integral de las personas gestantes, pero parecería que los operadores de salud no quieren reconocer la salud en 3 niveles: físico, mental y social.  La primera causa de muertes maternas son enfermedades preexistentes que se podrían evitar con información no sesgada. Para Gómez de la Torre, el Ministerio de Salud no ha sido capaz de difundir las medidas cautelares mientras se resuelven las demandas de inconstitucionalidad. En este sentido el derecho a la información es un derecho vulnerado por el Estado ecuatoriano.

¿Se han realizado campañas para garantizar el acceso a abortos seguros? No. De hecho, se quitó el acceso a Educación Integral para la Sexualidad en los colegios. 

Es tan contradictorio que sectores antiderechos que están fuertemente ligados a grupos económicos digan “aborto NO, que se cuiden”  pero arremetan contra la Educación Integral para la Sexualidad, un pilar fundamental para identificar formas de violencia y la prevención de embarazo adolescente en la infancia y adolescencia. Hay una sentencia de la corte que obliga al Estado a que garantice la EIS. Fundación Desafío actualmente está desarrollando una investigación cualitativa cuya premisa es que la ausencia de EIS expone a las infancias y adolescencias a riesgos. 

Tanto el acceso a información del aborto como a la EIS es responsabilidad del Estado. Actualmente, hay dos movimientos pidiendo la despenalización total del aborto:

  • Justa Libertad
  • Aborto Libre Decisión 

Pensar en la despenalización total del aborto es pensar en un argumento de Segato que manifiesta que la violencia hacia las mujeres es la madre de todas las violencias. Poner la lupa en el territorio es una deuda que se tiene, asegura Gómez de la Torre, así como disputar imaginarios sociales que han sido instaurados por los grupos de poder con millones de seguidores en redes. 

Aborto libre decisión parte del argumento de que el aborto en el Ecuador tiene que ser legalizado totalmente porque la Constitución lo define así y el artículo 66 dice que el Estado garantizará las decisiones libres y responsables en la vida reproductiva y cuántos hijos e hijos tener.
En este contexto, la lucha por la justicia reproductiva en Ecuador no solo ha sido una batalla legal, sino también una transformación cultural y social impulsada por generaciones de mujeres y colectivos que rechazan la opresión y demandan autonomía sobre sus cuerpos. Aunque los avances son innegables, aún queda un largo camino por recorrer para garantizar que el acceso a derechos sexuales y reproductivos sea pleno, seguro y libre de barreras. Esta es una lucha que no solo pertenece al pasado o al presente, sino que seguirá construyendo el futuro, recordándonos que la justicia solo es real cuando alcanza a todas las personas por igual.

Amandla Medio